REFORMA DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (CPACA)
- Castro Nieto Abogados

- 1 dic 2020
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El pasado 26 de noviembre, en el último debate la plenaria de la Cámara de Representantes, se aprobó el proyecto de ley de reforma del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) Ley 1437 de 2011, esta iniciativa fue presentada por el Consejo de Estado y el Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Justicia y del Derecho. El proyecto busca con la reforma, hacer del sistema judicial más ágil y cercano al ciudadano, este se enfoca en las siguientes problemáticas:
La congestión en los despachos judiciales del país, lo cual ha limitado el derecho fundamental de acceso eficiente y oportuno a la administración de justicia.
El actual código presenta antinomias y ambigüedades que generan inseguridad jurídica y dificultan el acceso a la administración de justicia.
Al incrementarse el número de procesos de conocimiento en segunda instancia y por vía de recursos extraordinarios en el Consejo de Estado, ha causado el represamiento y por consiguiente demora en el proceso contencioso administrativo.
De igual manera el representante a la cámara César Augusto Lorduy coordinador ponente, indicó con detalle los principales aspectos de la reforma:
- Simplifican situaciones relacionadas con los medios de control, llamados de nulidad y restablecimiento del derecho.
- Posibilidad de la doble instancia en diferentes procesos por temas de cuantía, fundamentalmente cuando se trata de aforados.
- En asuntos de menor complejidad se puede dictar sentencia anticipada sin mayor dilación y sin mayor alargue del proceso.
- Se concede la facultad al juez de solicitar un dictamen pericial para fundamentar su decisión; la posibilidad de utilizar excepciones previas para que los procesos se puedan terminar más rápido.
- Se afianza las tecnologías de la información, para que el traslado y la notificación de las demandas se hagan por medios electrónicos.
- Las medidas cautelares se pueden dictar de manera inmediata de tal manera que el objeto de la protección quede asegurado.
- Se simplifica la utilización de recursos, sin criterios tan amplios de interpretación y casi de manera exegética se dice cuándo procede cada uno.
- Se aclaran las competencias de las salas que componen el Consejo de Estado.
- Habrá ampliación en el número de despachos judiciales, que ya se tiene concertado con el Consejo Superior de la Judicatura.
- Se crean las audiencias públicas potestativas, que permiten escuchar a expertos, autoridades y a ciudadanos para ilustrar a los magistrados con información que les sirva para producir sus fallos.
- Se crea la consulta, para evitar controversias judiciales entre entidades públicas.
- Regula el proceso administrativo sancionatorio, que es el que lleva a que con posterioridad y dependiendo de los hallazgos pueda existir responsabilidad fiscal, disciplinaria o penal para que los funcionarios entreguen información que requiere la Contraloría General de la República.
Así mismo el viceministro de Justicia, Francisco Chaux, indicó que este proyecto de Ley moderniza, reforma y actualiza el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para cubrir las necesidades de los ciudadanos.
Este proyecto pasará a sanción presidencial.
Autora: Irene Muskus
Abogada
Castro Nieto Abogados
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